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Viernes, 08 Abril 2022 11:59

Camino al cannabis farmacéutico

La Agencia Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó en la Argentina una especialidad medicinal a base de cannabidiol –uno de los componentes activos contenidos en la planta de Cannabis sativa– con calidad testeada según los más altos estándares farmacéuticos y a un costo accesible, con indicación específica para el tratamiento de formas de epilepsia graves y resistentes a otros tratamientos. Para entender por qué este medicamento representa un antes y un después para la salud de los pacientes con afecciones neurológicas en general, es preciso recorrer brevemente su historia.

El recorrido del cannabidiol (CBD) ha sido muy diferente al de la mayoría de los medicamentos actuales, que en general surgen de la investigación básica con moléculas en laboratorio, para pasar de allí a un largo proceso de ensayos clínicos tras el cual son aprobados por las autoridades sanitarias. Recién al fin de ese camino los médicos pueden prescribirlos y los pacientes, reconocer sus beneficios. En cambio, el aceite de cannabis comenzó a usarse en las últimas tres décadas sobre la base de algunos estudios médicos pioneros, y fue el propio uso el encargado de brindar evidencia de sus beneficios para tratar distintas dolencias que no encontraban remedio con medicamentos estándar.

El caso de la niña estadounidense Charlotte Figi –fallecida luego por COVID-19 apenas se desató la pandemia– fue especialmente inspirador: sus padres abogaron fuertemente por la legalización del uso del aceite de cannabis para paliar las graves crisis producidas por el síndrome de Dravet, una forma grave de epilepsia que no respondía a ningún otro tratamiento.

La demanda del aceite de cannabis aumentó así en todo el mundo, paralelamente a la investigación médica sobre su uso. Las propias comunidades de pacientes –al principio– comenzaron a cultivar la planta, producirlo y comercializarlo. En poco tiempo surgió un mercado informal para cubrir estas necesidades insatisfechas, pero con gran heterogeneidad (entre diferentes aceites y entre diferentes partidas del mismo aceite) y sin estudios analíticos que permitan asegurar la calidad y seguridad.

En Argentina convivía la producción en circuitos informales y la importación de suplementos dietarios y otros productos medicinales a base de CBD con costos prohibitivos, hasta que la agencia sanitaria estadounidense aprobó, hace tres años, el primer CBD de calidad farmacéutica. “En los casos de epilepsias refractarias la prescripción y adquisición se tornaba un trámite muy engorroso, con formularios de declaración jurada y declaraciones de excepción, porque se trataba de adquirir un medicamento de muy alto costo que no existía en el país”, explica el Dr. Claudio Waisburg, médico neuropediatra (M. N. 98128) y director del Instituto SOMA.

Por otra parte, señala el especialista, “las indicaciones médicas del cannabidiol van mucho más allá de los casos refractarios de epilepsia, que eran los únicos para los que se podía acceder a través de ese trámite”.

Un cambio radical

El medicamento aprobado recientemente por ANMAT –Kanbis®, del laboratorio Elea– cuenta con cannabidiol altamente purificado (99%). Se diferencia de los aceites de cannabis por su composición cuantitativa definida, declarada y verificable, con una forma farmacéutica estable que permite garantizar una eficacia y seguridad acorde a los ensayos clínicos realizados, así como la calidad y consistencia lote a lote.

Para la aprobación, la ANMAT recurrió a los mismos criterios de referencia utilizados por la FDA en 2018 y por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) en 2019, a partir de los cuales la elaboración del cannabis medicinal adquiere definitivamente un nuevo estándar, caracterizado por la producción en plantas industriales bajo normas de Buenas Prácticas de Manufactura (GMP), con supervisión y análisis de expertos altamente calificados y con una metodología de producción agrícola y recolección que asegura la reproducibilidad de la composición química de la materia prima.

El costo accesible de este medicamento de fabricación local, de venta bajo receta y que será distribuido en las farmacias de todo el país, constituye otro gran factor de cambio: “La venta en farmacias y el precio significativamente más económico representa un gran beneficio para los pacientes”, señala el Dr. Waisburg. Y también abre, para los especialistas, la posibilidad de prescribir CBD para tratar otras dolencias neurológicas –desde el dolor crónico hasta la enfermedad de Parkinson– para las que hasta ahora el costo y la falta de accesibilidad eran un impedimento.

El inicio de otro largo camino

Hasta un 2% de la población puede sufrir algún trastorno epiléptico, y un cuarto de ellos, formas refractarias, resistentes a cualquier tratamiento. El CBD está autorizado en Argentina básicamente para tratar dos de ellas (el síndrome de Lennox-Gastaut y el síndrome de Dravet) y la FDA estadounidense lo aprobó recientemente también para el complejo de esclerosis tuberosa. Sin embargo, los beneficios terapéuticos de los derivados del cannabis distan mucho de agotarse allí.

Para el Dr. Alejandro Andersson, médico neurólogo (M. N. 65836) director del Instituto de Neurología Buenos Aires (INBA), contar con una versión de CBD accesible y de calidad “es muy positivo para los pacientes”. Para este especialista “sin dudas es el comienzo de otro largo camino, porque hay más de 120 componentes activos derivados del cannabis, cada uno con sus efectos farmacológicos específicos, descriptos en más de 10 mil estudios científicos”.  “Existen muchas más aplicaciones que las que consigna el sello de aprobación de la ANMAT, y en el futuro próximo se desarrollarán muchas más”, sostuvo el Dr. Andersson.

Seguridad y calidad de vida

“Según estudios publicados y según mi experiencia clínica en Canadá, las aplicaciones con mejor resultado incluyen la utilización del CBD con el dolor y las patologías asociadas: fibromialgia, reumáticas, afecciones oncológicas y otras”, relata el Dr. Waisburg, quien menciona además, entre las posibles indicaciones, a los trastornos del desarrollo (TGD), trastornos del espectro autista o trastornos del sueño. “También puede prescribirse en personas con enfermedad de Parkinson y con distonías, siempre y cuando entendamos que, tal como pasa con la epilepsia, en ninguna de estas enfermedades se puede hablar de cura, aunque sí se pueden logran notables mejoras en la calidad de vida”.

El cannabidiol puro no posee los efectos psicoactivos del tetrahidrocannabinol (THC), otro de los más conocidos componentes activos de la planta de cannabis, ni el riesgo de generar dependencia. La calidad y pureza del cannabidiol farmacéutico –cuyo uso está aprobado incluso para niños mayores de un año– cuenta con un perfil de seguridad conocido: “Los riesgos a corto plazo asociados a los cannabinoides que se han descrito en los ensayos clínicos y con la evidencia científica actual fueron muy bajos y similares a los de otros medicamentos de uso habitual, con síntomas como mareos, sequedad de boca, náuseas y otros, pero muy infrecuentes, y es muy raro que sean graves, mientras que en el caso de los productos de origen informal o casero podemos tener algunos de los riesgos referidos por consumidores sociales y recreativos de cannabis, además de que es un riesgo no conocer las concentraciones y los agregados y coadyuvantes”, remarcó el Dr. Waisburg.

El cannabidiol farmaceútico, fabricado en la Argentina, constituye una alternativa terapéutica innovadora y accesible, de eficacia y seguridad científicamente comprobada según los más altos estándares farmacéuticos y es fruto de un largo recorrido, en el cual los propios pacientes han sido en gran medida protagonistas; lo que queda por delante será ampliar la evidencia en otros usos terapéuticos y la cobertura por parte del sistema de salud para poder mejorar la calidad de vida de quienes lo necesitan.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permitirá la importación de productos con derivados del cannabis para uso medicinal.

A través de la Resolución 654/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación aprobó el Régimen de Acceso de Excepción "a productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de cannabis destinados exclusivamente para uso medicinal, ya sea para el tratamiento de un paciente individual o bien dentro del contexto de una investigación científica"

El mencionado régimen se aplicará “cuando no existan registros sanitarios en el país” de los productos mencionados o cuando los mismos “se encuentren en fase de investigación y en forma exclusiva para las patologías que revistan evidencia de calidad metodológica” determinada por la cartera sanitaria.

Los productos importados que serán autorizados por la ANMAT para el tratamiento de pacientes individuales “deberán ser prescriptos por profesionales médicos matriculados ante autoridad sanitaria competente, bajo su exclusiva responsabilidad sobre la calidad, seguridad y eficacia del producto indicado, mediante receta ajustada a normativa vigente”. En primer término, el trámite se realizará mediante la plataforma de “Trámites a Distancia”, pero dicha administración ofrecerá alternativas para el paciente o sus representantes.

 

La solicitud de importación para el tratamiento de pacientes individuales se realizará conforme lo dispuesto por la ANMAT oportunamente. Se autorizará a importar la cantidad de producto necesaria para cubrir un tratamiento de hasta 180 días corridos. La autorización será constancia suficiente para presentar ante la Dirección General de Aduanas. “La validez del formulario será de 180 días corridos a partir de la fecha consignada en dicha autorización”, se precisó.

La ANMAT mantendrá tanto la nómina de pacientes que accedan a los productos, como también de los médicos que los prescriban.

En el caso de la importación de derivados del cannabis para investigación médica y científica, el patrocinante deberá presentar la autorización del estudio para poder solicitar la importación de las cantidades autorizadas en el protocolo a través de los procedimientos establecidos en las normas vigentes de la ANMAT.

Para todo ingreso del producto indicado a un paciente, “la ANMAT podrá solicitar la información actualizada y disponible sobre el uso y comercialización del producto”. Podrá conformar grupos de trabajo para cada caso en particular y convocar a sociedades científicas especializadas a fin de requerir opinión. Además, podrá plantear consideraciones especiales referidas a aspectos éticos, clínicos y estadísticos, entre otros.

Los pacientes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución hayan accedido, a través del régimen de excepción de importación que rige actualmente, a un producto específico que contenga cannabinoides o derivados de la planta de cannabis, “podrán continuar con la importación del producto en cuestión”.

“Aquellas solicitudes que se encuentren en trámite y no se encuentren autorizadas por el funcionario responsable de la ANMAT a la fecha de la entrada en vigencia de la presente norma, serán evaluadas y/o autorizadas conforme a los plazos previstos en la presente medida”, se indicó.

Desde la cartera que conduce Ginés González García justificaron las investigaciones científicas para el uso medicinal del cannabis, ya que “el Estado debe facilitar el acceso a aquellas personas que no posean cobertura de salud”.

“La evidencia científica existente sobre el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales no tiene un carácter restrictivo sobre la facultad del médico para prescribir, sin embargo se estima conveniente la intervención de profesionales médicos especialistas a los fines de extremar los cuidados sobre el paciente y garantizar el seguimiento de la eficacia y seguridad de los productos en cuestión”.

“En virtud de la experiencia referida por médicos, usuarios y familiares sobre la mejoría sintomática de pacientes tratados con determinados productos que contienen cannabinoides o derivados de la planta de cannabis, diferentes al producto registrado en el país y que se importan por el Régimen de Acceso de Excepción, resulta necesario permitir la continuidad de los tratamientos ya iniciados”, se remarcó en los considerando de la presente resolución.

 

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El decreto 883/2020 tiene características históricas. Es que, por primera vez, se autoriza en el país el autocultivo de cannabis y el Estado nacional se pone a la cabeza para nutrir a entidades públicas de recursos e insumos que faciliten la investigación en entidades públicas.

La normativa publicada en el Boletín Oficial apunta a la modificación central del artículo 8 de la ley 27.350, que hace tres años autorizó el uso para fines medicinales aunque con grandes falencias. Por caso, lo restringía sólo al uso para la epilepsia refractaria.

Ahora, el Gobierno pone en marcha la regulación del cultivo doméstico, como así también la venta de aceites y cremas medicinales en farmacias, y apunta a "poner operativo" el Programa Nacional de Cannabis (REPROCANN), que consiste en un registro de pacientes que tienen indicada la utilización de productores derivados de la planta.

De hecho el texto publicado hoy apunta a las restricciones de la ley vigente: “Tenía restricciones reglamentarias que configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población". Por lo tanto, se aduce, "un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo".

Se reconoce en los últimos tiempos el surgimiento y la multiplicación de "organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social”.

Desde ahora, entidades cannábicas podrán producir. Pero también se asume que el Ministerio de Salud iniciará una carrera para "garantizar los insumos necesarios para facilitar la investigación médica y/o científica de la planta de cannabis".

También se habilitan investigaciones y cultivos en universidades, siempre con fines terapéuticos. Se pondrá el ojo en "la eficiencia en el uso de los recursos, a la producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP)".

No es menor que desde ahora en adelante, todo tipo de pacientes con diferentes patologías y según indicación médica, podrán acceder a los productos en el marco de "un tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor" habiendo dado su consentimiento.

La promesa, en tal sentido, es que el Gobierno garantizará la provisión gratuita para quienes no tengan acceso.

Las personas que lo requieran podrán solicitar la autorización "de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada".

La norma también deja abierta la apertura de regulaciones de las administraciones provinciales. Días atrás, ANMAT ya había autorizado la comercialización de un producto que contiene cannabidol, el componente terapéutico de la planta.

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Los resultados preliminares del primer estudio en el país sobre los efectos del cannabis en bebés y chicos con epilepsia resistente al tratamiento son positivos. Al completar el primero de los dos años que durará la investigación, el Hospital Garrahan difundió ayer que la administración de aceite de cannabis rico en cannabidiol, uno de las sustancias activas de la planta de marihuana, redujo las crisis epilépticas en el 80% de los pacientes.

Este ensayo clínico es el único aprobado en el país en chicos. El Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados y Tratamientos No Convencionales aprobó otro que aún no empezó en el Hospital El Cruce y otorgó la preaprobación a un estudio multicéntrico, ambos en pacientes adultos.

 

Los datos del Garrahan sobre 49 de los 50 pacientes de hasta 17 años estudiados hasta ahora indican que la incorporación del aceite de cannabis al tratamiento convencional redujo en el grupo el 60% de las crisis epilépticas. En promedio, esos ataques disminuyeron de 30 a 13 por día.

"Esto significa que el tratamiento evitó casi dos de cada tres crisis. Gracias al tratamiento, cinco pacientes están libres de crisis en la actualidad"

En cuanto a los efectos adversos del aceite utilizado en el estudio, que produce un laboratorio de Canadá, el hospital informó solo que fueron "leves a moderados" y que "la mayoría se controló con el ajuste de la dosis de cannabidiol o de alguna medicación antiepiléptica".

Percepción

El equipo de investigación está a cargo de Roberto Caraballo, jefe del Servicio de Neurología del Garrahan. "Los resultados confirman lo que percibimos a lo largo de todo el tratamiento con las familias y los pacientes con encefalopatías epilépticas refractarias -sostuvo a través del comunicado-. Son indicadores que nos permiten comprender la importancia, la eficacia y la seguridad de contar con esta nueva opción terapéutica", indicó.

Los 50 pacientes que ingresaron al ensayo clínico tenían entre nueve meses y 17 años a finales del año pasado, cuando empezó el estudio. Más de la mitad reside en la provincia de Buenos Aires, mientras que el resto son pacientes de la ciudad o de provincias como Salta, Entre Ríos, Neuquén, Catamarca, Misiones, Tucumán, Chubut o La Pampa.

En todos los casos, el diagnóstico es encefalopatía epiléptica refractaria y algunos tenían más de 10 crisis epilépticas por día. Los tratamientos disponibles, según se informó, no lograban controlar la enfermedad.

"La idea de este proyecto surgió frente a la necesidad de evaluar el cannabis sin prejuicios y con rigor científico, para asegurarnos su efectividad y seguridad antes de incorporarlo como un nuevo tratamiento", explicó la asesora metodológica de la investigación, Graciela Demirdjian, que es coordinadora de la Unidad de Evaluación de Tecnología Sanitaria del Garrahan.

 

 

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Una nueva investigación de la Facultad de Medicina de la Universidad de Massachusetts y la Universidad de Bath muestra que los endocannabinoides podrían ayudar a controlar y prevenir enfermedad inflamatoria intestinal (EII).

Este estudio, publicado en el ‘Journal of Clinical Investigation’, es el primero en el que científicos informan sobre un mecanismo biológico para explicar por qué algunos usuarios de marihuana han informado sobre los efectos beneficiosos del cannabis en las afecciones inflamatorias del intestino, como la colitis ulcerosa y la enfermedad de Crohn.

Los investigadores esperan que sus hallazgos, confirmados en un modelo animal, conduzcan al desarrollo de medicamentos y tratamientos para los trastornos intestinales que afectan a millones de personas en todo el mundo y que se producen cuando las defensas inmunes del cuerpo atacan por error el revestimiento del intestino.

“Ha habido mucha evidencia anecdótica sobre los beneficios de la marihuana medicinal, pero no ha habido mucha ciencia que lo respalde. Por primera vez, comprendemos las moléculas involucradas en el proceso y cómo los endocannabinoides y los cannabinoides controlan la inflamación. Esto brinda a los investigadores clínicos un nuevo objetivo farmacológico para explorar para tratar a pacientes que padecen enfermedades inflamatorias del intestino y quizás otras enfermedades”, señala Beth A. McCormick, PhD, vicepresidenta y profesora de microbiología y sistemas fisiológicos de la Escuela de Medicina de la Universidad de Massachusetts.

Los investigadores descubrieron que la inflamación intestinal está regulada por dos procesos importantes, que están constantemente en flujo y que responden a las condiciones cambiantes en el entorno intestinal. El primer proceso, identificado en investigaciones científicas previas, promueve una respuesta inmune agresiva en el intestino que destruye los patógenos peligrosos, pero que también puede dañar el revestimiento del intestino cuando las células inmunes atacan indiscriminadamente.

La segunda vía, descrita por primera vez en este documento, desactiva la respuesta inflamatoria a través de moléculas especiales transportadas a través de las células epiteliales que recubren el intestino por el mismo proceso ya conocido para eliminar las toxinas de estas células en la cavidad intestinal. Fundamentalmente, esta respuesta requiere una molécula producida naturalmente llamada endocannabinoide, que es muy similar a las moléculas de cannabinoides que se encuentran en el cannabis.

Si el endocannabinoide no está presente, la inflamación no se mantiene en equilibrio, ya que las células inmunes del cuerpo atacan el revestimiento intestinal. McCormick y sus colegas creen que debido a que el uso de cannabis introduce cannabinoides en el cuerpo, estas moléculas podrían ayudar a aliviar la inflamación intestinal, ya que los endocannabinoides producidos naturalmente lo harían normalmente.

“Tenemos que tener claro que aunque esta es una explicación plausible de por qué los usuarios de marihuana informaron que el cannabis alivia los síntomas de la EII, hasta ahora solo lo hemos evaluado en ratones y no lo hemos probado experimentalmente en humanos. Sin embargo, esperamos que estos hallazgos nos ayudarán a desarrollar nuevas formas de tratar las enfermedades intestinales en los humanos”, añade el profesor Randy Mrsny del Departamento de Farmacia y Farmacología de la Universidad de Bath.

Fuente: Europa Press / COFA

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El diputado socialista Julio Garibaldi aseguró que la provincia se encuentra en condiciones de producir en forma local aceite de cannabis con fines medicinales para ser utilizado en el sistema de salud público. “Este aspecto pone al Estado en un rol fundamental al momento de proveer el medicamento en los efectores públicos provinciales, y permitir su acceso a familias que de otra manera lo tenían que pagar en dólares, dado que se consigue sólo importándolo, o en muchos casos de forma insegura” sostuvo.

El diputado explicó que queremos seguir afianzando políticas públicas pioneras en el país, para garantizar el acceso igualitario a la salud de calidad. No es menor que el gobierno nacional haya recibido propuestas de una empresa extranjera, primero para importar su producción de aceites medicinales y, luego, para instalar una planta, a través de una inversión millonaria, que serviría para abastecer a toda la región. En la provincia de Santa Fe lo vamos a realizar desde el sistema de salud público, produciendo en nuestros propios laboratorios”.

En noviembre, el gobierno provincial solicitó la autorización de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y a la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP) para adquirir la materia prima que le permitirá comenzar con la fabricación local de aceite de cannabis. Se trata de la compra de la materia prima proveniente de Uruguay, con los que el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF) planea fabricar dos mil frascos de 50 mililitros de aceite. “La respuesta de Nación sigue sin llegar” se quejó el socialista.

“La sanción de la ley provincial se destacó por el enorme apoyo social, un importante debate y se sancionó con el acompañamiento de gran parte del arco político. La lucha incansable de las madres de niños que padecen estos trastornos crónicos, de pacientes y las organizaciones sociales refleja claramente la importancia que tiene este tema. Estamos convencidos que es necesario que el gobierno nacional acelere los trámites para autorizar a Santa Fe el ingreso de la materia prima para elaborar el medicamento a base de cannabis. En su momento la reglamentación de la Ley nacional demoró más tiempo que el que se estipula legalmente, hoy esperamos que este pedido no demore más tiempo. Se trata no sólo de un tema legal o burocrático, se trata de la salud de muchos santafesinos” concluyó Garibaldi.

En la provincia de Santa Fe son 37 las personas que reciben, a través del IAPOS, aceite importado para el tratamiento de Epilepsia Refractaria, que genera convulsiones que duran de 30 segundos a 2 minutos. Con el tratamiento con cannabis medicinal -en algunos casos- se observó la disminución de los episodios convulsivos en la persona, mejorando su calidad de vida. El objetivo es avanzar en la investigación y el desarrollo para promover un acceso informado y seguro a este medicamento, además de tratar otras enfermedades como Parkinson, Alzheimer, Fibromialgias y Artrosis.

Científicos santafesinos apoyan a Ricardo Villalba 

El Centro Científico Tecnológico CONICET Santa Fe y los institutos de la región, representados por sus directores, hicieron expreso el apoyo al Dr. Ricardo Villalba y a su trabajo en el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales de Mendoza (IANIGLA) en relación con la causa que lleva adelante la Justicia Federal en su contra. Esta nota, a su vez, se hace eco del comunicado de solidaridad emitido por el CONICET junto al Gobierno de Mendoza y la Universidad Nacional de Cuyo.

Los investigadores expresan la preocupación generada por la situación de Villalba, ex Director del IANIGLA, quien se encuentra procesado por la Justicia Federal, con sus bienes embargados y con prohibición de salir del país, en la causa relacionada con el Inventario Nacional de Glaciares y los derrames producidos por una empresa minera en la provincia de San Juan.

La actividad realizada por Villalba ha sido reconocida internacionalmente y la metodología utilizada al llevar a cabo el Inventario Nacional de Glaciares es la adoptada por la comunidad académica internacional, la cual ha brindado un amplio apoyo a la labor del profesional y su equipo.

Preocupa a los investigadores del CCT Santa Fe que cualquier trabajo de investigación llevado a cabo siguiendo los protocolos internacionales y avalado localmente por las instituciones nacionales y provinciales, sea cuestionado y no interpretado correctamente por la justicia. Por ello, confrontan esta situación con la demanda que reciben para interaccionar con la sociedad y el Estado frente a las necesidades del país y de sus pobladores. Esto hace referencia a que los riesgos de ser procesados penalmente pueden evitar la transferencia de sus conocimientos a la sociedad.

Se aclara que de ninguna manera se cuestiona la tarea del Poder Judicial, pero se solicita que se escuchen los motivos y las justificaciones académicas que la comunidad científica nacional e internacional esgrimen en cada caso de conflicto.

Fuente: El Litoral (Argentina)

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Las farmacias uruguayas empezaron a vender ayer un medicamento elaborado a base de cannabis para tratar la epilepsia refractaria, según informó el laboratorio farmacéutico uruguayo Medicplast.

 
 
El Gobierno uruguayo aprobó el pasado 16 de octubre un decreto que habilita la venta de productos elaborados a base de cannabis para uso medicinal. Hasta ahora se vendía hasta 40 gramos de marihuana al mes. “Ya tenemos la licencia del Ircca (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) para poder distribuirlo”, dijo a la agencia EFE el director de Medicplast, Armando Blankleider, que explicó que desde ayer ya están “sacando pedidos”. Blankleider destacó que “por primera vez en Uruguay y en el mundo” se vende un medicamento con “CBD puro” y que este “es el primer registrado en un Ministerio de Salud Pública con materia prima de probada calidad supervisada por la autoridad sanitaria suiza”, ya que el cannabidiol se elabora en un laboratorio en el país europeo.

 

Medicplast está encargada de la fórmula y de la producción del medi- camento de 10 mililitros, que se llama Epifractan 2 %, y su precio de venta al público será de 2.170 pesos uruguayos (75,5 dólares).

Este fármaco es un aceite que tiene CBD (cannabidiol) al 2 %, y que posee un porcentaje de tetrahidrocannabinol (principal constituyente psicoactivo del cannabis, que también se conoce por THC), menor al 1%, tal y como exige el Gobierno uruguayo. Al contrario del THC, el CBD es considerado una sustancia no psicoactiva, y tiene variadas aplicaciones médicas, sobre todo para el control del dolor y de los síntomas de enfermedades neurológicas.

Blankleider explicó, además, que Epifractan 2 % “se va a vender en régimen de medicamento con receta sim- ple profesional” y que según los estudios de la farmacéutica un frasco le puede durar al paciente alrededor de un mes.

“También va a salir una crema, cannabidiol al 2 %”, apuntó Blankleider, quien relató que este fármaco “es muy efectivo en dolores articulares, inflamaciones, lesiones de piel e incluso arrugas”.

Este producto, llamado Cannabitel, contiene también un cannabidiol al 2 % y se podrá adquirir “sin receta” medica en las farmacias y perfumerías uruguayas por 991 pesos uruguayos (34,5 dólares). Blankleider contó que también están elaborado un Epifractan en cápsulas, que podría ofrecer una “dosis mayor con la misma estabilidad”.

Fuente: Clarin

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El gobierno uruguayo autorizó la venta de medicamentos a base de compuestos extraídos del cannabis en farmacias de plaza, en un nuevo paso hacia una reglamentación total de la comercialización de marihuana y derivados en el país.
En un decreto firmado por el presidente Tabaré Vázquez y publicado en la página de la Presidencia de la República, el Ejecutivo anuncia que estos productos podrán venderse “bajo receta profesional”, es decir, requeridos por médicos tratantes.
El decreto refiere a productos farmacéuticos medicinales “con cannabidiol como principio activo, elaboradas a partir de extractos de cannabis de variedades no sicoactivas”, es decir, cáñamo, con un contenido de THC -el compuesto sicoactivo que se halla en la marihuana que se fuma- menor a 1%.
Esta nueva disposición, ampliamente demandada por personas que hasta ahora deben pagar fuertes sumas de dinero para importar estos productos o conseguirlos mediante donaciones o compras no autorizadas a productores locales artesanales, acompaña la decisión de Uruguay de regular el mercado de la marihuana con fines recreativos.
Uruguay habilitó en julio pasado la venta de marihuana con fines recreativos en farmacias en función de una ley aprobada en 2013 que autoriza la compra de esta droga de forma legal previo registro del consumidor ante el Estado, además de la producción para consumo individual y de forma cooperativa en clubes cannábicos.

 

Esta última fase pone nuevamente el circuito vinculado a la producción de cannabis en la órbita de las farmacias, luego de que algunas de las que vendían los sobrecitos de cinco gramos de la droga a los consumidores registrados comenzaran a dejar de comercializarla, porque los bancos les impedían tener cuentas con ellos.
En efecto, en función de reglamentaciones internacionales, los bancos locales, incluido el estatal Banco República, decidieron congelar su relación con empresas vinculadas a la producción y venta de marihuana.
La noticia puso en jaque una de las patas centrales del esquema ideado por el Parlamento uruguayo durante la gestión de José Mujica (2010-2015), al comenzar a cerrarse algunos de los puntos de expendio de marihuana recreativa producida bajo control del Estado.
Dos empresas privadas producen la droga en predios públicos bajo vigilancia oficial, y 16 farmacias comenzaron a venderla en algunos puntos del país, una cifra que se redujo sensiblemente luego de la decisión bancaria.
El gobierno trabaja en el desarrollo de un nuevo sistema de comercialización de la droga, toda vez que la ley exige que el producto esté disponible para los consumidores registrados, cuyo número no cesa de aumentar.
Según el estatal Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca), hay 14.739 personas registradas para comprar en farmacias, más del triple que el día que comenzó la venta el pasado 19 de julio.
Además existen 7.328 cultivadores registrados y 64 clubes de membresía.
Uruguay fue el primer país del mundo en regular el mercado del cannabis a partir de producción de la droga en manos del Estado.

Fuente: El Tribuno

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El proyecto fue aprobado en el Congreso en marzo; permite el acceso gratuito a los derivados de la marihuana para tratamientos; no contempla el autocultivo.

El Gobierno reglamentó hoy parcialmente la ley 27.350, más conocida como ley de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, que había sido sancionada por unanimidad en el Senado el 29 de marzo último.

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Desde hoy los uruguayos mayores de 18 años podrán comprar hasta 40 gramos por mes para consumo personal

 

La compra no se podrá hacer sin antes estar inscriptos en un registro aprobado por el Estado. No se les venderá a los extranjeros. Cinco gramos costarán 6,5 dólares.
A partir de hoy, los uruguayos podrán adquirir 10 gramos semanales y hasta 40 mensuales de marihuana de uso recreativo en todas las farmacias habilitadas en el país por el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca). Con la luz verde para esta instancia, se completan las tres vías de acceso al producto, prevista por la ley 19.172 que regula la producción, distribución y comercialización del cannabis, aprobada en diciembre de 2013. Las otras dos vías de acceso, el auto cultivo y los clubes de membresía, están activos desde agosto de 2014.
Las 16 farmacias que obtuvieron los permisos solo podrán venderles a uruguayos mayores de 18 años (con ciudadanía legal o natural) inscriptos previamente en un registro. Al momento de efectivizar la transacción, no se le pedirá al cliente que revele ningún dato personal. Solo deberá registrar su huella dactilar en el lector del comercio, que indicará si
es un usuario habilitado y, en caso, especificará la cantidad de gramos a la que puede acceder.
La marihuana (natural, no molida ni prensada) se venderá en envases de 5 gramos a 187 pesos uruguayos (U$S 6,5). El Ircca anunció que, en un futuro, prevé presentar también el producto en paquetes de 10 gramos. De acuerdo al último registro, del pasado domingo, hay 4.959 usuarios autorizados a comprar en farmacias (menos del 10% de los que el gobierno esperaba que se inscribieran para los primeros días), 6.948 autocultivadores y 63 clubes.
En las farmacias se podrá comprar dos variedades, que tendrán un contenido de 2% de Tetrahidrocannabi- nol (THC): una denominada Alfa I, con un efecto psicoactivo principalmente a nivel físico; y la otra, Beta I, con un efecto que se manifestará más a nivel cerebral.
La presidenta de la Sociedad de Endocanna binología de Uruguay, Raquel Peyraube, dijo que los componentes del cannabis estatal no tendrán efectos psicoactivos. “No pega nada”, expresó en una entrevista con El Observador. “Esta medida no cumplirá su objetivo de competir contra el narcotráfico, porque el consumo recreativo tiene como fin los efectos psicoactivos de la droga”, agregó.
El ex presidente José Mujica fue unos de los principales propulsores de la ley para poder combatir al narcotráfico -a su juicio actor principal en el crecimiento de la inseguridad en Uruguay- quitándole mercado y evitando así que los consumidores de marihuana acudan a comprar a lugares donde se comercializan otras drogas más peligrosas.
Peyraube agregó que “es una pena que la ley se haya devaluado porque en los papeles era buena. Esto responde a la lógica sanitarista y puritana delMinisterio de Salud Pública, que viene del presidente Tabaré Vázquez, que es oncólogo”.
Uno de los primeros anuncios que hizo Tabaré al asumir fue, justamente, el de posposición de la venta de marihuana en farmacias para “ser cuidadosos y que se cumpla bien la ley”, tal como lo expresó en su momento el Secretario de la Junta de Drogas (JND), Milton Romani.

 

US$ 6,5

costará el frasco de cinco gramos de marihuana natural (ni prensada ni molida) en las farmacias habilitadas.

Ver nota relacionada http://revistadosis.com.ar/nota.php?Notas=ultimas&id=2769

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